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Elaboración de disposiciones generales / Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS)

Cartera de servicios sociales y de los servicios a menores y familias de Mallorca

Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS)
PROCEDIMIENTO: 85853

Aprobar la nueva Cartera de servicios sociales y de los servicios a menores y familia de Mallorca con el objetivo de adaptarla al contexto actual y, en concreto, modificar las siguientes prestaciones:

a) Prestaciones de servicios para personas con discapacidad
b) Prestación de servicios para personas mayores
c) Prestaciones de servicios de inclusión social
d) Prestaciones económicas
e) Prestaciones de servicios a infancia y familia.


Destinatarios

Cualquier persona física o jurídica interesada.


FORMA DE INICIACIÓN

De oficio


PLAZO PARA RESOLVER Y NOTIFICAR

No procede


ÓRGANO INSTRUCTOR

Servicio Jurídico Administrativo


FIN DE LA VÍA ADMINISTRATIVA


SILENCIO ADMINISTRATIVO

No procede.


TASA

No


Tràmites asociados
  • No iniciado
  • Cerrado
  • Online
Consulta pública previa a la elaboración de la Cartera de servicios sociales i de la infancia i la família de Mallorca 2022-2025
  • Requisitos
    Aprobar la nueva Cartera de servicios sociales y de los servicios a menores y familia de Mallorca con el objetivo de adaptarla al contexto actual y, en concreto, modificar las siguientes prestaciones:

    a) Prestaciones de servicios para personas con discapacidad
    b) Prestación de servicios para personas mayores
    c) Prestaciones de servicios de inclusión social
    d) Prestaciones económicas
    e) Prestaciones de servicios a menores y familia.
    Documentación
    Las personas interesadas deben rellenar y presentar el formulario del trámite de consulta pública.
    Plazo para la presentación
    15 días hábiles a partir de la publicación de la consulta pública en la web del IMAS (www.imasmallorca.net) en el apartado de "transparencia" subapartado "normativa en tramitación". El plazo empieza el 28 de juliol y finaliza el 18 de agosto de 2022, ambos incluidos
    Órgano competente
    Servicio Jurídico Administrativo
    Información adicional
    De acuerdo con el que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, podéis presentar los documentos dirigidos a los órganos del Consejo Insular de Mallorca y las entidades que dependen mediante los canales siguientes:

    a) De manera telemática por medio del registro electrónico (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones según el artículo 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, mencionada, y opcional para las personas físicas). Para poder hacer un registro electrónico, hace falta que disponéis de un certificado electrónico o DNI electrónico.
    Las administraciones públicas y las entidades del sector público institucional que estau integradas en el Sistema de Interconexionado de Registros (SIR) del Ministerio de Política Territorial y Función Pública tenéis que enviar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración insular por medio de una aplicación de registro electrónico.

    b) De manera presencial (solo para personas físicas) a cualquier de las oficinas de registro de la Administración insular, de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Podéis consultar las direcciones de las oficinas del Consejo Insular de Mallorca y las entidades que dependen en el espacio de registro electrónico de la Sede del Consejo Insular de Mallorca.

    c) Además, también podéis enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, tenéis que presentar los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha hecho el registro. Estos datos también quedan anotadas en el resguardo justificativo.

    d) A las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Consulta pública previa a la elaboración de la Cartera de servicios sociales y de la infancia y la familia de Mallorca 2024-2027
  • Requisitos
    Aprobar la nueva Cartera de servicios sociales y de los servicios a menores y familia de Mallorca con el objetivo de adaptarla al contexto actual y, en concreto, modificar las siguientes prestaciones:

    a) Prestaciones de servicios para personas con discapacidad
    b) Prestación de servicios para personas mayores
    c) Prestaciones de servicios de inclusión social
    d) Prestaciones económicas
    e) Prestaciones de servicios a menores y familia.
    Documentación
    Las personas interesadas deben rellenar y presentar el formulario del trámite de consulta pública.
    Plazo para la presentación
    15 días hábiles a partir de la publicación de la consulta pública en la web del IMAS apartado de transparencia https://www.imasmallorca.net/es/imas/1303. El plazo empieza el 30 de noviembre y finaliza el 27 de diciembre de 2023, ambos incluidos
    Órgano competente
    Servicio Jurídico Administrativo
    Información adicional
    De conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
    octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,
    los documentos dirigidos a los órganos del Consejo Insular de Mallorca y a sus
    entidades dependientes se pueden presentar mediante los canales siguientes:

    a) De manera telemática por medio del registro electrónico (obligatorio para los
    sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones según el
    artículo 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, mencionada, y opcional para las personas
    físicas). Para poder hacer un registro electrónico es necesario el certificado electrónico
    o DNI electrónico.
    Las administraciones públicas y las entidades del sector público institucional que
    están integradas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR) del Ministerio de
    Política Territorial y Función Pública tienen que enviar los documentos dirigidos a los
    órganos de la Administración insular por medio de una aplicación de registro
    electrónico.

    b) De manera presencial (sólo para personas físicas) en cualquier oficina de registro
    de la Administración insular, de la Administración autonómica, de la Administración
    General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que
    integran la Administración local. Pueden consultar las direcciones de las oficinas del
    Consejo Insular de Mallorca y de sus entidades dependientes en el apartado de
    registro electrónico de la Sede del Consejo Insular de Mallorca.

    c) Además, también se puede enviar la documentación por correo postal (solo para
    personas físicas). En este caso, los documentos se tienen que presentar dentro de un
    sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante
    el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha hecho el registro. Estos
    datos también quedan anotados en el resguardo justificativo.

    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
    extranjero.

    e) En cualquier otro lugar que establezcan las disposiciones vigentes.

    NOTA: Los sujetos a quién hacen referencia los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la
    Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios
    electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido
    en el artículo 68.4 de la Ley mencionada, si alguno de estos sujetos presenta la
    solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá para que la subsane,
    presentándola por vía electrónica