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Autorizaciones, licencias y concesiones / Departamento de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes

Autorización para grabar imágenes en el Polideportivo de San Fernando

Departamento de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes
PROCEDIMIENTO: 44171

Obtener la autorización para acceder al Polideportivo de San Fernando a grabar imágenes de las instalaciones.


Destinatarios

Cualquier persona o entidad interesada.


FORMA DE INICIACIÓN

Instancia de parte


PLAZO PARA RESOLVER Y NOTIFICAR

5 días.


ÓRGANO INSTRUCTOR

Servicio de Deportes


FIN DE LA VÍA ADMINISTRATIVA

No


SILENCIO ADMINISTRATIVO

El vencimento del plazo máximo sin que se haya notificado la resolución expresa legitima a la persona interesada para entenderla desestimada por silencio administrativo.


TASA

No


Tràmites asociados
  • No iniciado
  • Cerrado
  • Online
Solicitud de autorización para grabar imágenes en el Polideportivo de San Fernando
  • Requisitos
    Las personas interesadas en grabar imágenes en las instalaciones del polideportivo tienen que enviar el formulario de solicitud cumplimentado.
    Documentación
    El formulario de solicitud
    Plazo para la presentación
    Como mínimo, 5 días antes de la fecha prevista para hacer las filmaciones.
    Órgano competente
    Servicio de Deportes
    Información adicional
    De conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, podéis presentar los documentos dirigidos a los órganos del Consell Insular de Mallorca y a las entidades de las que dependen mediante los canales siguientes:

    a) De manera telemática por medio del Registro electrónico (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones según el artículo 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, mencionada, y opcional para las personas físicas). Para poder hacer un registro electrónico es necesario el certificado electrónico o DNI electrónico.

    Las administraciones públicas y las entidades del sector público institucional que están integradas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR) del Ministerio de Política Territorial y Función Pública deben enviar documentos dirigidos a los órganos de la Administración insular por medio de una aplicación de registro electrónico.

    b) De manera presencial (sólo para personas físicas) en cualquier oficina de registro de la Administración insular, de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Pueden consultarse las direcciones de las oficinas del Consell Insular de Mallorca y de las entidades que de él dependen en el apartado de Registro electrónico de la Sede del Consell Insular de Mallorca.

    c) Además, también puede enviarse la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, deben presentarse los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha hecho el registro. Estos datos también quedan anotados en el resguardo justificativo.

    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    e) En cualquier otro lugar que establezcan las disposiciones vigentes.

    NOTA: Los sujetos a quién hacen referencia los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por tanto, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley mencionada, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá para que lo subsane, presentándola por vía electrónica.