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Subvenciones, ayudas, becas y premios / Departamento de Cultura y Patrimonio

Programa para restaurar el patrimonio históricoindustrial

Departamento de Cultura y Patrimonio
PROCEDIMIENTO: 18585

Promover la restauración y posterior puesta en funcionamiento de los elementos del patrimonio histórico-industrial de Mallorca incluidos en las dos modalidades especificadas en la convocatoria durante el periodo 2017-2026, respetando la tipología original y potenciando la utilización de las técnicas y los materiales tradicionales. El Consejo Insular de Mallorca se hará cargo de la redacción del proyecto técnico de restauración, así como de la mano de obra para ejecutar los proyectos.


Destinatarios

Las personas físicas y jurídicas propietarias del bien que se quiere restaurar.


FORMA DE INICIACIÓN

De oficio


PLAZO PARA RESOLVER Y NOTIFICAR

6 meses, desde la finalización del periodo de presentación de solicitudes.


ÓRGANO INSTRUCTOR

Secretaría Técnica de Cultura y Patrimonio


FIN DE LA VÍA ADMINISTRATIVA

No


SILENCIO ADMINISTRATIVO

El vencimento del plazo máximo sin que se haya notificado la resolución expresa legitima a la persona interesada para entenderla desestimada por silencio administrativo.


TASA

No


OBSERVACIONES

El programa de restauración tiene dos modalidades:

Modalidad 1

Restauración arquitectónica y de la maquinaria de una serie de elementos que forman parte del patrimonio históricoindustrial (molinos, norias, almazaras y bodegas) y de la industria extractiva (salinas).

Modalidad 2

Restauración de máquinas, carros y otros enseres relacionados con la industria y/o la agricultura.

Sólo se puede solicitar la restauración de uno de los elementos mencionados dentro de cada modalidad. En el caso de la modalidad 1, se incluirán dos o más elementos de la misma titularidad si la Comisión Evaluadoran considera que hay una relación histórica, tipológica o paisajística entre ellos. En el caso de la modalidad 2, se incluirán colecciones si la Comisión considera que se trata de elementos indisociables.

Una vez que se ha restaurado el bien, la persona o la entidad propietaria tiene que permitir la realización de visitas públicas y gratuitas por un periodo de 10 años.