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Comunicaciones y declaraciones responsables / Departamento de Presidencia

Comunicación de las actividades de ocio educativo

Departamento de Presidencia
PROCEDIMIENTO: 30119

Comunicar, por medio de una declaración responsable, a la Dirección Insular de Juventud y Participación la realización de actividades, tanto puntuales como continuadas, de ocio educativo para niños y jóvenes que se realicen en Mallorca.


Destinatarios

Las personas o entidades organizadoras de las actividades de ocio educativo en Mallorca.


FORMA DE INICIACIÓN

Instancia de parte


PLAZO PARA RESOLVER Y NOTIFICAR

No escau


ÓRGANO INSTRUCTOR

Servicio de Juventud y Participación Ciudadana


FIN DE LA VÍA ADMINISTRATIVA

No


SILENCIO ADMINISTRATIVO

No procede.


TASA

No


OBSERVACIONES

a) Para cualquier información puede dirigirse a: activitatstll@conselldemallorca.net o al 971 007 751

b) Todas las personas que trabajan en contacto con menores, como directores y directoras y monitores y monitoras de actividades de tiempo libre, ya sean contratadas o practicantes, deben tener 18 años cumplidos.

c) Todas las personas que trabajan en contacto con menores, como directores/as y monitores/as de actividades de tiempo libre, ya sean contratadas, practicantes o voluntarias, deben tener un certificado negativo de delitos de naturaleza sexual.

Si el director/a o monitor/a tiene una nacionalidad diferente a la española, debe contar, además del certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales mencionado, con un certificado de su país de nacionalidad. Si se tiene DNI o certficado electrònico se puede hacer el trámite telemático: https://sede.mjusticia.gob.es/ca/tramites/certificado-registro-central

Pueden encontrar el modelo de solicitud en: https://www.mjusticia.gob.es/es/Ciudadano/TramitesGestiones/Documents/ Modelo_de_Solicitud_de_Certificado_por_Delitos_de_Naturaleza_Sexual.PDF.pdf

El certificado es gratuito y también se puede pedir por correo postal o de manera presencial, en la gerencia territorial del Ministerio de Justicia de las Islas Baleares (C/ Posada del Real, 6, Palma ). Teléfono cita previa: 971 72 03 22

d) La autorización de participación en la actividad, en caso de custodia compartida, debe estar firmada por ambos padres.

e) La Dirección Insular de Juventud y Participación del Consell de Mallorca puede desplazarse a las actividades y comprobar que la actividad se hace correctamente, que se cumplen los requisitos exigidos y que se dispone de la documentación preceptiva.

Tràmites asociados
  • No iniciado
  • Cerrado
  • Online
Comunicación de actividades puntuales
  • Requisitos
    Las personas interesadas tienen que presentar una declaración responsable antes del inicio de la actividad y acompañarla de la documentación requerida.
    Documentación
    Las personas jurídicas deben realizar el trámite de forma telemática a través del enlace al final de esta página. Se deberá acreditar la representación en el caso que el trámite no lo realice la persona interesada.

    Solo las personas físicas puede presentar presencialmente la declaración responsable. La pueden solicitar al Servicio de Juventud
    activitatstll@conselldemalorca.net

    a) Declaración responsable de actividad puntual.
    b) Lista con los datos del equipo dirigente.
    c) Acreditar la representación, si es necesario.
    Plazo para la presentación
    La documentación se presentará, como mínimo, 15 días naturales antes de iniciar la actividad.
    Órgano competente
    Servicio de Juventud y Participación Ciudadana
    Información adicional
    De conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, podéis presentar los documentos dirigidos a los órganos del Consell Insular de Mallorca y a las entidades de las que dependen mediante los canales siguientes:

    a) De manera telemática por medio del Registro electrónico (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones según el artículo 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, mencionada, y opcional para las personas físicas). Para poder hacer un registro electrónico es necesario el certificado electrónico o DNI electrónico.

    Las administraciones públicas y las entidades del sector público institucional que están integradas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR) del Ministerio de Política Territorial y Función Pública deben enviar documentos dirigidos a los órganos de la Administración insular por medio de una aplicación de registro electrónico.

    b) De manera presencial (sólo para personas físicas) en cualquier oficina de registro de la Administración insular, de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Pueden consultarse las direcciones de las oficinas del Consell Insular de Mallorca y de las entidades que de él dependen en el apartado de Registro electrónico de la Sede del Consell Insular de Mallorca.

    c) Además, también puede enviarse la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, deben presentarse los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha hecho el registro. Estos datos también quedan anotados en el resguardo justificativo.

    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    e) En cualquier otro lugar que establezcan las disposiciones vigentes.

    NOTA: Los sujetos a quién hacen referencia los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por tanto, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley mencionada, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá para que lo subsane, presentándola por vía electrónica.

    RECORDAD! Para la realización de los trámites telemáticos tenéis que adjuntar la lista del equipo dirigente (ver manual de instrucciones que encontraréis en la página principal de comunicación de actividades, en el apartado de documentación).
Comunicación de actividades continuadas en casales y centros infantiles y juveniles
  • Requisitos
    Los casales y centros infantiles y juveniles que organicen actividades de programación periódica continuada, con una frecuencia mínima de 3 días a la semana y sin pernoctación, durante al menos 6 meses, en las que no haya un grupo estable de participantes ya que la inscripción está abierta permanentemente, comunicarán a la Dirección Insular de Juventud la realización de dichas actividades.
    Documentación
    Las personas jurídicas han de realizar el trámite de forma telemática a través del enlace al final de esta página. Se deberá acreditar la representación en el caso que el trámite no lo realice la persona interesada.

    Solo las personas físicas pueden presentar la declaración responsable presencialmente.
    a) Declaración responsable de la actividad continuada.
    b) Lista con los datos del equipo dirigente.
    c) Acreditar la representación, en su caso.
    Plazo para la presentación
    Durante el primer trimestre del año o al principio de cada curso, si se sigue el calendario académico; o en cualquier caso, siempre al menos 15 días naturales antes de empezar la actividad.
    Órgano competente
    Servicio de Juventud y Participación Ciudadana
    Información adicional
    De conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, podéis presentar los documentos dirigidos a los órganos del Consell Insular de Mallorca y a las entidades de las que dependen mediante los canales siguientes:

    a) De manera telemática por medio del Registro electrónico (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones según el artículo 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, mencionada, y opcional para las personas físicas). Para poder hacer un registro electrónico es necesario el certificado electrónico o DNI electrónico.

    Las administraciones públicas y las entidades del sector público institucional que están integradas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR) del Ministerio de Política Territorial y Función Pública deben enviar documentos dirigidos a los órganos de la Administración insular por medio de una aplicación de registro electrónico.

    b) De manera presencial (sólo para personas físicas) en cualquier oficina de registro de la Administración insular, de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Pueden consultarse las direcciones de las oficinas del Consell Insular de Mallorca y de las entidades que de él dependen en el apartado de Registro electrónico de la Sede del Consell Insular de Mallorca.

    c) Además, también puede enviarse la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, deben presentarse los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha hecho el registro. Estos datos también quedan anotados en el resguardo justificativo.

    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    e) En cualquier otro lugar que establezcan las disposiciones vigentes.

    NOTA: Los sujetos a quién hacen referencia los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por tanto, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley mencionada, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá para que lo subsane, presentándola por vía electrónica.
Modificación o cese de la actividad
  • Requisitos
    Las personas organizadoras de una actividad deben comunicar la imposibilidad de realizarla, el cese de la actividad una vez iniciada o cualquier modificación de las condiciones que constan en la declaración responsable, o en el equipo dirigente comunicado, indicando el número de actividad que fue asignado al registrar la declaración responsable y los cambios. En caso contrario, no se darán por notificados.

    Si el cambio es de la entidad promotora o del lugar de la realización, se tiene que presentar una nueva declaración responsable.
    Documentación
    En caso de personas jurídicas el trámite debe realizarse de forma telemática a través del enlace al final de esta página.

    Solo en el caso de personas físicas se puede presentar presencialmente la documentación siguiente en papel:
    a) Comunicación de cese o modificación de datos de la actividad de ocio educativo.
    b) Modificaciones del equipo dirigente, en su caso.
    Plazo para la presentación
    El mismo día o al día siguiente del cese o modificación de la actividad.
    Órgano competente
    Servicio de Juventud y Participación Ciudadana
    Información adicional
    De conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, podéis presentar los documentos dirigidos a los órganos del Consell Insular de Mallorca y a las entidades de las que dependen mediante los canales siguientes:

    a) De manera telemática por medio del Registro electrónico (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones según el artículo 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, mencionada, y opcional para las personas físicas). Para poder hacer un registro electrónico es necesario el certificado electrónico o DNI electrónico.

    Las administraciones públicas y las entidades del sector público institucional que están integradas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR) del Ministerio de Política Territorial y Función Pública deben enviar documentos dirigidos a los órganos de la Administración insular por medio de una aplicación de registro electrónico.

    b) De manera presencial (sólo para personas físicas) en cualquier oficina de registro de la Administración insular, de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Pueden consultarse las direcciones de las oficinas del Consell Insular de Mallorca y de las entidades que de él dependen en el apartado de Registro electrónico de la Sede del Consell Insular de Mallorca.

    c) Además, también puede enviarse la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, deben presentarse los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha hecho el registro. Estos datos también quedan anotados en el resguardo justificativo.

    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    e) En cualquier otro lugar que establezcan las disposiciones vigentes.

    NOTA: Los sujetos a quién hacen referencia los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por tanto, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley mencionada, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá para que lo subsane, presentándola por vía electrónica.